por eb4fbz » 02 Feb 2016, 09:04
Ojo que eso ha cambiado... antes lo ilegal era hacer uso o difundir la información, ahora la interceptación está penada (Artículo 197 del Código Penal). El mero hecho de sintonizar un escáner en una frecuencia con comunicaciones no destinadas al público general y sin permiso, a día de hoy es ilegal, da igual que sea una comunicación analógica que digital, encriptada o no. En radio, interceptar es simplemente captar, porque uno no se puede apoderar de nada en ese medio.
Asi que cuidadin!